Fondos CDBG-DR

Asignación: $2,922,780,619

Este programa proporcionará a los propietarios elegibles, asistencia en la reparación de viviendas y reconstrucción de viviendas significativamente afectadas, en lugares no peligrosos. Los propietarios elegibles con viviendas afectadas en zonas en riesgo se les ofrecerá asistencia para la reubicación.

Programa cerrado a nuevas solicitudes.

PROGRAMA DE REPARACIÓN, RECONSTRUCCIÓN O REUBICACIÓN

PROGRAMA PARA VIVIENDAS EN LOS 78 MUNICIPIOS DE PUERTO RICO QUE AÚN SUFREN DAÑOS CAUSADOS POR LOS HURACANES IRMA Y/O MARÍA.

El Gobierno de Puerto Rico, a través del Departamento de la Vivienda, se enorgullece al presentar el Programa R3 subvencionado con fondos asignados por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (HUD, por sus siglas en inglés) que proveerá asistencia para la reparación o reconstrucción de viviendas unifamiliares que fueron afectadas por los huracanes Irma y/o María.

A los propietarios elegibles con daños sustanciales que estén localizados en áreas de peligro (zonas inundables o con riesgo de derrumbe) se les podrá ofrecer asistencia de reubicación a una vivienda segura.

Toda reubicación será voluntaria.

ESTE PROGRAMA PROVEERÁ ASISTENCIA EN LOS 78 MUNICIPIOS DE PUERTO RICO.

Las Guías del Programa R3 establecen los siguientes Grupos Prioritarios:

  • Personas cuya propiedad tenga daños significativos, incluyendo toldos azules
  • Personas de 65 años o más
  • Personas discapacitadas
  • Todos, de ingresos bajos a moderados.

GUÍAS

ArchivoAcción
Guía del Programa (V14.0) -- Actualizado 04/16/2024Descargar
Guías URA y ADP (V3.0) -- Publicado 05/10/2022Descargar
Guías Intersectoriales (V3.0) — Actualizado 06/01/201Descargar

    Tour virtual de una casa

    MATERIAL INFORMATIVO

    ASISTENCIA de $4,000 PARA EL PAGO DE LA COMISIÓN DE CORREDORES DE BIENES RAÍCES QUE SIRVAN A LOS SOLICITANTES EN LA BÚSQUEDA Y CIERRE DE UNA PROPIEDAD DE REEMPLAZO
    ArchivoAcción
    Formulario para Corredores de Bienes y RaícesVer Formulario
    Formulario de Inscripción en el Catálogo de Propiedades de Nueva ConstrucciónVer Formulario

      ESTOS GRUPOS ESTÁN CATEGORIZADOS Y SE ATENDERÁN EN EL SIGUIENTE ORDEN:

      Grupo 1
      Grupo Prioritario 1

      Solicitudes que cumplan con un solicitante de edad avanzada, con discapacidades y daños significativos a la propiedad. Las tres (3) condiciones tienen que cumplirse para que una Solicitud sea considerada bajo este Grupo Prioritario.

      Grupo 1
      Grupo Prioritario 2

      Solicitudes que cumplan con un solicitante de edad avanzada y que su propiedad tenga daños significativos; o un solicitante con discapacidades y que su propiedad tenga daños significativos, según se definen en la sección sobre Periodo de Prioridad de las Guías del Programa R3.[1] Si cualquiera de las dos (2) condiciones se cumple, la Solicitud será considerada bajo este Grupo Prioritario.

      Grupo 3
      Grupo Prioritario 3

      Solicitudes que únicamente cumplen con la definición de daño significativo a la propiedad, según se establece en la sección sobre Periodos de Prioridad de las Guías del Programa R3. Si se cumple con esta condición, la Solicitud será considerada bajo este Grupo Prioritario.

      Grupo 4
      Grupo Prioritario 4

      Solicitudes que cumplan con las definiciones de solicitante de edad avanzada y/o solicitante con impedimentos o discapacidades, según se establece en la sección sobre Periodos de Prioridad de las Guías del Programa R3. Si cualquiera de las condiciones se cumple, ya sea el solicitante de edad avanzada o el solicitante con discapacidades, la solicitud será considerada bajo este Grupo Prioritario.

      Grupo 5
      Grupo Prioritario 5

      (Grupo No Prioritario)
      Solicitudes que no cumplen con ninguna de las definiciones de los Grupos Prioritarios aquí establecidos.

      PROCESO DEL PROGRAMA

      Admisión al Programa
      Durante el periodo de solicitud, los interesados tuvieron cuatro alternativas para solicitar:
      • En línea, a través de recuperacion.pr.gov/r3
      • A través de la aplicación móvil de CDBG-DR de Puerto Rico (disponible para descargar en Google Play Store)
      • Visitando algún Centro del Programa R3, y
      • Llamando al 1-833-234-2324 para hacer una cita

      Las solicitudes presentadas fueron asignadas a un manejador de casos tomando como base la ubicación de la propiedad que sufrió daños.
      Se requirió la documentación para evidenciar la identidad y ciudadanía de todos los solicitantes y de los integrantes del hogar.

      Revisión de Documentos de Admisión
      • En la Revisión de Documentos de Admisión, los manejadores de casos confirmarán que todos los documentos requeridos sean provistos por los solicitantes.
      • Estos documentos permiten al Programa establecer la elegibilidad del caso.
      • Aquellos solicitantes que no presenten todos los documentos requeridos para la determinación de elegibilidad, recibirán una Notificación de Documentos Requeridos.
      • Con los documentos requeridos, los manejadores de casos asignarán prioridad a personas de edad avanzada, personas con impedimentos o discapacidades y solicitantes con daños significativos a su propiedad.

      Revisión de Elegibilidad
      Como parte de la Revisión de Elegibilidad, los manejadores revisarán todos los documentos para determinar si los solicitantes cumplen con los criterios de elegibilidad.

      La revisión de elegibilidad incluye:
      • Revisión de ingresos
      • Revisión de la Duplicidad de Beneficios (DOB, por sus siglas en inglés)
      • Revisión de Titularidad
      • Evidencia de propiedad unifamiliar
      • Evidencia de que la propiedad se utiliza como residencia principal
      • Evidencia de que el solicitante era dueño de la propiedad al momento de los Huracanes Irma y/o María
      • Evidencia de daños
      • Evidencia de cubierta contra inundaciones, de ser aplicable

      Para más detalles, haga click aquí.

      Los solicitantes que resulten elegibles recibirán una Notificación de Determinación Preliminar de Elegibilidad.
      Para aquellos solicitantes que no resulten elegibles, se emitirá una Notificación de Determinación de Inelegibilidad.
      Los solicitantes propietarios que presenten documentación de titularidad no tradicional serán referidos al Programa de Autorización de Títulos.

      Evaluación inicial de la Propiedad
      Luego de la determinación de elegibilidad, el Programa asignará al caso, un asesor de daños, un inspector ambiental y un tasador. Los asesores de daños serán responsables de calendarizar la fecha y la hora con los solicitantes, los inspectores ambientales, y los tasadores, para que las tres inspecciones se realicen a la misma vez.

      • Durante la Evaluación de daños: Se determinará la cantidad de los daños a la propiedad afectada por los huracanes y el costo estimado de las reparaciones que estos requieran.
      • Revisión ambiental: Los inspectores ambientales determinarán si un proyecto y sus posibles impactos ambientales cumplen con los estándares ambientales federales, estatales y locales.
      • Tasación: Los tasadores determinarán el valor actual en el mercado de la propiedad afectada por los huracanes. Su informe se utilizará en conjunto con la Evaluación de Daños para determinar para qué tipo de ayuda son elegibles los solicitantes.

      Coordinación de la Adjudicación
      • Luego de que se determine la cantidad a adjudicarse, los manejadores de casos se comunicarán con los solicitantes y adicionalmente, se emitirá una notificación con la adjudicación correspondiente al solicitante.
      • Al adjudicarse una reparación o reconstrucción se asignará un gerente de construcción.
      • Los gerentes de construcción visitarán el lugar donde ocurrieron los daños. El alcance final de los trabajos le será provisto al administrador del Programa.
      • Los solicitantes firmarán todos los acuerdos del Programa que se requieran y se prepararán para desocupar la propiedad afectada por el huracán para iniciar la construcción.
      • Los solicitantes que reciban adjudicaciones para reubicación tendrán que participar en el Programa de Asesoría de Vivienda.

      Proceso de Diseño y Permisos
      Luego de determinar el tipo de trabajo final, y una vez los solicitantes hayan firmado todos los acuerdos requeridos por el Programa, los gerentes de construcción y sus diseñadores darán comienzo a los procesos de diseño y permisos.

      Todos los documentos de construcción deberán ser enviados a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGPe) para su respectiva revisión y aprobación.

      Reparación o Reconstrucción
      • Los Contratistas obtendrán todos los permisos requeridos por la OGPe.
      • Los Contratistas completarán el trabajo de reparación o reconstrucción en etapas de progreso.
      • Las inspecciones de progreso se llevarán a cabo al final de cada etapa de construcción para asegurarse de que el trabajo haya sido completado de acuerdo con el alcance acordado y los requisitos de los códigos de construcción locales. Cualesquiera deficiencias identificadas durante las inspecciones por etapas, serán corregidas por los contratistas antes de que pueda comenzar la próxima etapa de construcción.
      • No se permitirá ningún pago de progreso a los gerentes de construcción sin la ejecución adecuada, a satisfacción del Programa.

      Mudanza del Dueño del Hogar
      Una vez se complete exitosamente todo el trabajo de demolición, reparación, reconstrucción o nueva construcción, y que los propietarios acepten el trabajo realizado, los solicitantes podrán mudarse a sus nuevos hogares.

      Cierre
      Una vez finalice exitosamente todo el trabajo, y que todos los documentos relacionados con la solicitud sean archivados adecuadamente, se completará el cierre administrativo de la solicitud.

      PROCESO DEL PROGRAMA

      Admisión al Programa
      Durante el periodo de solicitud, los interesados tuvieron cuatro alternativas para solicitar:
      • En línea, a través de recuperacion.pr.gov/r3
      • A través de la aplicación móvil de CDBG-DR de Puerto Rico (disponible para descargar en Google Play Store)
      • Visitando algún Centro del Programa R3, y
      • Llamando al 1-833-234-2324 para hacer una cita

      Las solicitudes presentadas fueron asignadas a un manejador de casos tomando como base la ubicación de la propiedad que sufrió daños.
      Se requirió la documentación para evidenciar la identidad y ciudadanía de todos los solicitantes y de los integrantes del hogar.

      Revisión de Documentos de Admisión
      • En la Revisión de Documentos de Admisión, los manejadores de casos confirmarán que todos los documentos requeridos sean provistos por los solicitantes.
      • Estos documentos permiten al Programa establecer la elegibilidad del caso.
      • Aquellos solicitantes que no presenten todos los documentos requeridos para la determinación de elegibilidad, recibirán una Notificación de Documentos Requeridos.
      • Con los documentos requeridos, los manejadores de casos asignarán prioridad a personas de edad avanzada, personas con impedimentos o discapacidades y solicitantes con daños significativos a su propiedad.

      Revisión de Elegibilidad
      Como parte de la Revisión de Elegibilidad, los manejadores revisarán todos los documentos para determinar si los solicitantes cumplen con los criterios de elegibilidad.

      La revisión de elegibilidad incluye:
      • Revisión de ingresos
      • Revisión de la Duplicidad de Beneficios (DOB, por sus siglas en inglés)
      • Revisión de Titularidad
      • Evidencia de propiedad unifamiliar
      • Evidencia de que la propiedad se utiliza como residencia principal
      • Evidencia de que el solicitante era dueño de la propiedad al momento de los Huracanes Irma y/o María
      • Evidencia de daños
      • Evidencia de cubierta contra inundaciones, de ser aplicable

      Para más detalles, haga click aquí.

      Los solicitantes que resulten elegibles recibirán una Notificación de Determinación Preliminar de Elegibilidad.
      Para aquellos solicitantes que no resulten elegibles, se emitirá una Notificación de Determinación de Inelegibilidad.
      Los solicitantes propietarios que presenten documentación de titularidad no tradicional serán referidos al Programa de Autorización de Títulos.

      Evaluación inicial de la Propiedad
      Luego de la determinación de elegibilidad, el Programa asignará al caso, un asesor de daños, un inspector ambiental y un tasador. Los asesores de daños serán responsables de calendarizar la fecha y la hora con los solicitantes, los inspectores ambientales, y los tasadores, para que las tres inspecciones se realicen a la misma vez.

      • Durante la Evaluación de daños: Se determinará la cantidad de los daños a la propiedad afectada por los huracanes y el costo estimado de las reparaciones que estos requieran.
      • Revisión ambiental: Los inspectores ambientales determinarán si un proyecto y sus posibles impactos ambientales cumplen con los estándares ambientales federales, estatales y locales.
      • Tasación: Los tasadores determinarán el valor actual en el mercado de la propiedad afectada por los huracanes. Su informe se utilizará en conjunto con la Evaluación de Daños para determinar para qué tipo de ayuda son elegibles los solicitantes.

      Coordinación de la Adjudicación
      • Luego de que se determine la cantidad a adjudicarse, los manejadores de casos se comunicarán con los solicitantes y adicionalmente, se emitirá una notificación con la adjudicación correspondiente al solicitante.
      • Al adjudicarse una reparación o reconstrucción se asignará un gerente de construcción.
      • Los gerentes de construcción visitarán el lugar donde ocurrieron los daños. El alcance final de los trabajos le será provisto al administrador del Programa.
      • Los solicitantes firmarán todos los acuerdos del Programa que se requieran y se prepararán para desocupar la propiedad afectada por el huracán para iniciar la construcción.
      • Los solicitantes que reciban adjudicaciones para reubicación tendrán que participar en el Programa de Asesoría de Vivienda.

      Proceso de Diseño y Permisos
      Luego de determinar el tipo de trabajo final, y una vez los solicitantes hayan firmado todos los acuerdos requeridos por el Programa, los gerentes de construcción y sus diseñadores darán comienzo a los procesos de diseño y permisos.

      Todos los documentos de construcción deberán ser enviados a la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OGPe) para su respectiva revisión y aprobación.

      Reparación o Reconstrucción
      • Los Contratistas obtendrán todos los permisos requeridos por la OGPe.
      • Los Contratistas completarán el trabajo de reparación o reconstrucción en etapas de progreso.
      • Las inspecciones de progreso se llevarán a cabo al final de cada etapa de construcción para asegurarse de que el trabajo haya sido completado de acuerdo con el alcance acordado y los requisitos de los códigos de construcción locales. Cualesquiera deficiencias identificadas durante las inspecciones por etapas, serán corregidas por los contratistas antes de que pueda comenzar la próxima etapa de construcción.
      • No se permitirá ningún pago de progreso a los gerentes de construcción sin la ejecución adecuada, a satisfacción del Programa.

      Mudanza del Dueño del Hogar
      Una vez se complete exitosamente todo el trabajo de demolición, reparación, reconstrucción o nueva construcción, y que los propietarios acepten el trabajo realizado, los solicitantes podrán mudarse a sus nuevos hogares.

      Cierre
      Una vez finalice exitosamente todo el trabajo, y que todos los documentos relacionados con la solicitud sean archivados adecuadamente, se completará el cierre administrativo de la solicitud.

      RESUMEN DE REUBICACIÓN Y RECONTSTRUCCIÓN

      • Reubicación: Las viviendas ubicadas en una llanura aluvial de cien (100) años o zona de alto riesgo (según identificadas en la revisión ambiental), cuyo costo estimado de reparación supere los $60,000 o el 50% del valor de tasación actual de la vivienda, lo que sea menor, cualificarán para reubicación.El solicitante podría recibir una oferta de adquisición voluntaria de la propiedad afectada, junto con un Vale de Reubicación para la compra de una vivienda de reemplazo existente. Si no se puede identificar una opción de reemplazo adecuada, los solicitantes elegibles podrán recibir asistencia para la construcción de una casa diseñada por el Programa en un lote nuevo, solo como última opción.
      • Reconstrucción: Si se considera razonable realizar una reconstrucción elevada en una llanura aluvial, la persona solicitante tendrá dos opciones de adjudicación: reubicación o reconstrucción elevada. Las viviendas ubicadas en una llanura aluvial de cien (100) años son elegibles para reconstrucción elevada si:
        1. el costo estimado de la reparación es mayor de $60,000 o el 50% del valor de tasación actual de la vivienda, lo que sea menor;
        2. la persona solicitante ha rechazado una adjudicación para reubicación; y
        3. la casa modelo requerirá menos de 5 pies de elevación como medida de construcción, en cuyo caso, la reconstrucción elevada se considera razonable.

      Para facilitar un proceso exitoso, el solicitante recibirá apoyo para la reubicación y un curso de educación para propietarios, administrado por un asesor de vivienda certificado por HUD en el Programa de Asesoría de Vivienda. Los servicios de asesoramiento sobre vivienda serán gratuitos para el solicitante y estarán destinados a proporcionar las herramientas y el conocimiento para tomar decisiones informadas con respecto a su reubicación.

      Una vez que una propiedad ha sido aprobada como un reemplazo adecuado, el Programa realizará un evento de cierre con el solicitante y el vendedor para realizar: 1) la transferencia de título de la propiedad afectada por los terremotos a Vivienda; y 2) compra de la propiedad de reemplazo o lote baldío para el solicitante.

      DOCUMENTOS QUE NECESITAS:

      Solo se requiere un documento por categoría, a menos que se indique lo contrario.

      icono de id
      • Identificación con foto emitida por el gobierno(federal o estatal)
      • Licencia de conducir
      • Pasaporte
      • Identificación militar
      • Certificado de Naturalización o Residencia Permanente
      • Certificado de Nacimiento
      icono hogar
      • Escritura Pública
      • Certificación Registral; o
      • Declaratoria de Herederos
        • Podrá incluir una Instancia de inscripción de herederos
      • Certificación de Título del Departamento de la Vivienda
      • Sentencia o Resolución de un Tribunal
        • Ésta deberá especificar que el Tribunal la otorgó al solicitante el dominio sobre la propiedad en cuestión y ordenó a que se inscribiera en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico.
      icono de ingresos
      • Últimos 3 talonarios de pago
      • Carta de beneficios del Seguro Social
      • Carta de Pensión de Retiro/Anualidad
      • Planilla para la Declaración de Contribución Federal sobre Trabajo por Cuenta Propia (1040PR), 1040 o 1040A, Formulario W-2 y/o Declaración de Ganancias y Pérdidas
      • Ingresos de Alquiler por Contrato(s) de Arrendamiento(s)
      • Beneficios de Desempleo
      • Pensión Alimentaria/Manutención de ex cónyuge
      • Ingresos de Intereses y/o Dividendos
      • Retiro/Seguro Social: Tres (3) estados de cuenta bancarios mensuales (beneficios del seguro social y pensión solamente), o Carta actual de beneficios del Seguro Social (incluyendo los beneficios pagados a menores), o Carta de beneficios de pensión/jubilación actual (si aplica) o formulario del año anterior 1099, o Carta de pago sobre anualidad actual (si aplica) o formulario del año anterior 1099;
      • Sin ingresos: Los integrantes adultos del hogar que no reciben ingresos deberán presentar una certificación de ingresos no devengados. Estos integrantes del hogar típicamente incluyen aquellos que están desempleados.
      • Identificación con foto emitida por el gobierno(federal o estatal)
      • Licencia de conducir
      • Pasaporte
      • Identificación militar
      • Certificado de Naturalización o Residencia Permanente
      • Certificado de Nacimiento
      • Escritura Pública
      • Certificación Registral; o
      • Declaratoria de Herederos
        • Podrá incluir una Instancia de inscripción de herederos
      • Certificación de Título del Departamento de la Vivienda
      • Sentencia o Resolución de un Tribunal
        • Ésta deberá especificar que el Tribunal la otorgó al solicitante el dominio sobre la propiedad en cuestión y ordenó a que se inscribiera en el Registro de la Propiedad de Puerto Rico.
      • Últimos 3 talonarios de pago
      • Carta de beneficios del Seguro Social
      • Carta de Pensión de Retiro/Anualidad
      • Planilla para la Declaración de Contribución Federal sobre Trabajo por Cuenta Propia (1040PR), 1040 o 1040A, Formulario W-2 y/o Declaración de Ganancias y Pérdidas
      • Ingresos de Alquiler por Contrato(s) de Arrendamiento(s)
      • Beneficios de Desempleo
      • Pensión Alimentaria/Manutención de ex cónyuge
      • Ingresos de Intereses y/o Dividendos
      • Retiro/Seguro Social: Tres (3) estados de cuenta bancarios mensuales (beneficios del seguro social y pensión solamente), o Carta actual de beneficios del Seguro Social (incluyendo los beneficios pagados a menores), o Carta de beneficios de pensión/jubilación actual (si aplica) o formulario del año anterior 1099, o Carta de pago sobre anualidad actual (si aplica) o formulario del año anterior 1099;
      • Sin ingresos: Los integrantes adultos del hogar que no reciben ingresos deberán presentar una certificación de ingresos no devengados. Estos integrantes del hogar típicamente incluyen aquellos que están desempleados.
      Icono
      • Planilla federal del año del desastre aplicable
      • Planilla de Contribución sobre Ingresos del año del desastre aplicable
      • Carta de aprobación de ayuda de FEMA
      • Carta de préstamos para desastres de la SBA
      • Facturas de utilidades básicas
      • Estado de cuenta bancaria o de una tarjeta de crédito
      • Licencia de Conducir o identificación emitida por el estado
      • Documentación de exención contributiva de la propiedad
      • Documentación de seguro que indique la residencia principal, como el endoso al propietario de la vivienda
      • Documentos del patrono, incluyendo talonarios de salarios y documentos de empleo similares
      icono evidencia

      Completar una Certificación de Titularidad acompañada de documentos alternos. Los documentos que se considerarán como evidencia de interés propietario incluyen, sin limitarse a los siguientes documentos:

      • Testamento autenticado por el Tribunal o testamento acompañado por Certificación de Vigencia;
      • Evidencia de haber heredado;
      • Declaratoria de herederos;
      • Orden Judicial o Sentencia concediendo la titularidad o algún interés propietario sobre la propiedad;
      • Sentencia de divorcio concediendo la titularidad o interés propietario de la propiedad;
      • Contrato privado de Compraventa: si la persona solicitante adquirió la propiedad mediante una venta privada por dueño, el contrato deberá confirmarse como satisfecho con documentos complementarios;
      • Evidencia de contrato de usufructo;
      • Evidencia de contrato de arrendamiento por 99 años;
      • Evidencia de “permiso de uso” y/o “permiso de construcción” de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables;
      • Certificado de defunción del propietario o certificación de nacimiento (para evidenciar que la persona solicitante es descendiente del propietario).
      • Certificado de matrimonio;
      • Si el propietario de la vivienda afectada falleció después de la fecha del desastre aplicable, el (los) heredero(s) puede(n)cumplir con los requisitos de titularidad siempre y cuando, pueda(n) proveer evidencia de su herencia o Declaratoria de Herederos y un Certificado de Defunción del propietario fallecido.
      • Correspondencia de FEMA cursada al solicitante que acredite que la persona solicitante solicitó y recibió Asistencia Individual de FEMA por daños a la propiedad;
      • Libreta de pagos de la hipoteca u otros documentos de la hipoteca;
      • Seguro de propiedad que indique la dirección de la propiedad damnificada;
      • Estado de cuenta expedido por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM); y/o
      • Cualquier otra documentación será considerada y revisada caso a caso.
      icono de seguro
      • Número de Póliza del Seguro(del Propietario/de Propiedad)
      • Número de Póliza del Seguro de Inundación
      • Información de otras pólizas de seguro, según aplique
      • Planilla federal del año del desastre aplicable
      • Planilla de Contribución sobre Ingresos del año del desastre aplicable
      • Carta de aprobación de ayuda de FEMA
      • Carta de préstamos para desastres de la SBA
      • Facturas de utilidades básicas
      • Estado de cuenta bancaria o de una tarjeta de crédito
      • Licencia de Conducir o identificación emitida por el estado
      • Documentación de exención contributiva de la propiedad
      • Documentación de seguro que indique la residencia principal, como el endoso al propietario de la vivienda
      • Documentos del patrono, incluyendo talonarios de salarios y documentos de empleo similares

      Completar una Certificación de Titularidad acompañada de documentos alternos. Los documentos que se considerarán como evidencia de interés propietario incluyen, sin limitarse a los siguientes documentos:

      • Testamento autenticado por el Tribunal o testamento acompañado por Certificación de Vigencia;
      • Evidencia de haber heredado;
      • Declaratoria de herederos;
      • Orden Judicial o Sentencia concediendo la titularidad o algún interés propietario sobre la propiedad;
      • Sentencia de divorcio concediendo la titularidad o interés propietario de la propiedad;
      • Contrato privado de Compraventa: si la persona solicitante adquirió la propiedad mediante una venta privada por dueño, el contrato deberá confirmarse como satisfecho con documentos complementarios;
      • Evidencia de contrato de usufructo;
      • Evidencia de contrato de arrendamiento por 99 años;
      • Evidencia de “permiso de uso” y/o “permiso de construcción” de acuerdo con las leyes y reglamentos aplicables;
      • Certificado de defunción del propietario o certificación de nacimiento (para evidenciar que la persona solicitante es descendiente del propietario).
      • Certificado de matrimonio;
      • Si el propietario de la vivienda afectada falleció después de la fecha del desastre aplicable, el (los) heredero(s) puede(n)cumplir con los requisitos de titularidad siempre y cuando, pueda(n) proveer evidencia de su herencia o Declaratoria de Herederos y un Certificado de Defunción del propietario fallecido.
      • Correspondencia de FEMA cursada al solicitante que acredite que la persona solicitante solicitó y recibió Asistencia Individual de FEMA por daños a la propiedad;
      • Libreta de pagos de la hipoteca u otros documentos de la hipoteca;
      • Seguro de propiedad que indique la dirección de la propiedad damnificada;
      • Estado de cuenta expedido por el Centro de Recaudaciones de Ingresos Municipales (CRIM); y/o
      • Cualquier otra documentación será considerada y revisada caso a caso.
      • Número de Póliza del Seguro(del Propietario/de Propiedad)
      • Número de Póliza del Seguro de Inundación
      • Información de otras pólizas de seguro, según aplique

      TÚ PUEDES SER ELEGIBLE AUNQUE HAYAS SIDO RECHAZADO
      POR FEMA O ALGUNA OTRA FUENTE DE ASISTENCIA.

      Elegibilidad
      • Viviendas unifamiliares ocupadas por su propietario que fueron afectadas por los huracanes Irma y/o María.
      unifamiliares
      • Casa dúplex;
      • Unidades de viviendas prefabricadas o manufactured home unit (MHU, por sus siglas en inglés);
      • Estructuras residenciales separadas, independientes, construidas de madera, varillas o de concreto.
      • Unidades agregadas
      user
      • Propietarios de viviendas (o que consideren tener un derecho propietario) que cumplen con los niveles de ingresos Bajos a Moderados de HUD y que poseían u ocupaban la unidad como residencia principal al momento de los huracanes Irma y/o María.

      CENTROS DE PROGRAMA R3

      Central Oeste – IEM

      Aguadilla, PR
      Plaza del Mar PR-107 Km. 2.3
      (Segundo Nivel)

      Horario de operaciones:
      Lunes a Viernes 8:00 AM – 5:00 PM
      Teléfono: (787)-229-6262

      VER MAPA

      Barceloneta, PR
      Centro de Gobierno Juan Cancel Ríos
      Bo. Catalana Carr. 140 Km 6.8 

      Horario de operaciones:
      Lunes a Viernes 8:00 AM – 5:00 PM
      Teléfono: (787)-229-6262

      VER MAPA

      Ponce, PR
      1132 Ave. Hostos

      Horario de operaciones:
      Lunes a Viernes 8:00 AM – 5:00 PM
      Teléfono: (787)-229-6262

      Lunes a Viernes de 8:00am – 5:00pm

      VER MAPA

      Mayagüez, PR
      Vista Verde Shopping Center
      510 Hostos Ave. Suite 114
      (Frente a las Oficinas Regionales de Vivienda)

      Horario de operaciones:
      Lunes a Viernes 8:00 AM – 5:00 PM
      Teléfono: (787)-229-6262

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      Área Este – ICF

      San Juan, PR
      Centro Comercial Las Vistas
      Avenida Felisa Rincón 300
      Suite 31
      San Juan, PR 00926

      Horario de operaciones:
      Lunes a Viernes 8:00 AM – 5:00 PM
      Teléfono: 787-705-9288 o 1-855-654-9342

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      Área Centro – Tetra Tech

      Guaynabo, PR
      Metro Office Park 
      Calle 1, Lote 15 Suite 201

      Horario de operaciones:
      Lunes a Jueves 8:00 AM – 5:00 PM
      Call Center: 787-665-7909

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      PORTAL DE TRANSPARENCIA

      Conoce más sobre el progreso de este programa en el Portal de Transparencia


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